Incluye una sesión de Plasma Rico en Plaquetas (P.R.P) corporal 1 Zona + Nutrición ev multivitamina
Revitaliza la piel, minimiza arrugas, redensifica la piel afinada, otorga luminosidad, combate la flacidez, celulitis y atenúa todos los signos del envejecimiento cutáneo.
Previo análisis bioquímico y de serología, evaluación clínica por Médico Especialista en Medicina Transfusional, y constatación de accesos venosos.
El Procedimiento consiste en la extracción de sangre del propio paciente, luego la centrifugación de la misma, continuada de la separación de plaquetas con las cuales se realiza infiltración manual o mesoterapia mecánica con pistola. Previamente se colocará crema anestésica en la zona a tratar para disminuir molestias ocasionadas por el método de aplicación.
Incluye una crema con su propio plasma, para uso domiciliario, y colación (snack) una vez finalizada la extracción de sangre.
Marco Legal. Todo lo que se refiere a la sangre humana como recurso terapéutico, se encuentra regulado por la Ley Nacional de Sangre Nº 22.990, DR N° 1338/20042 y, por los Anexos I y II de la Res. 797/20133 del Ministerio de Salud Pública de la Nación. El art. 16 de esta Ley, establece que los profesionales médicos intervinientes en la prescripción con fines terapéuticos de la sangre humana, componentes y derivados están obligados a la utilización adecuada de los mismos, debiendo entenderse por ello a su empleo en directa correspondencia con las necesidades específicas de cada patología. En los casos de un diagnóstico dudoso que pudiera implicar un uso no apropiado o poco eficaz de la sangre humana, sus componentes y/o derivados, será obligatoria la consulta con un profesional especializado en Medicina Transfusional. El Colegio de Médicos de la Provincia de Santa Fe, 2da Circunscripción, establece que los únicos autorizados al procesamiento de “Plasma Rico en Plaquetas (PRP)”, “Trombina Autóloga” (suero rico en trombina activada), “Cola de Fibrina” (autóloga), “Suero Autólogo”, “Lisado de Plaquetas”, “Gel Plaquetario Autólogo”, “Transfusión” y “Transfusión Autóloga” son los Médicos Hemoterapeutas a través de los Servicios de Medicina Transfusional, según lo que claramente indica la llamada “Ley de Sangre Nro 22.990”. La ausencia de un responsable Médico Especialista en Hemoterapia durante su preparación, aunque se trate de otros profesionales de la salud o auxiliares de la medicina, constituye un delito, tipificado como ejercicio ilegal de la medicina. Consecuentemente, ninguna otra especialidad o entidad ajena a la actividad médica, se encuentra autorizada para el procesamiento de la sangre y sus hemocomponentes. El preparado podrá ser aplicado por el Médico Especialista en Traumatología, Fisiatría, o Medicina del Deporte. Dra. Mónica Cossio Carbajal Esp. Med. Transfusional Nº 25/0071 Dra. Romina Santos Roberts Esp. Med. Transfusional Nº 25/0070